Antes de definir la sobredotación o alumnos con altas capacidades,conviene distinguir entre los siguientes aspectos:
Alumnos precoces: son personas de corta edad que muestran cualidades generalmente más tardías. Transcurrido el tiempo no siguen esa evolución avanzada y sufren un estancamiento.
Alumnos con talento: muestran habilidades específicas en áreas muy concretas. Estos alumnos destacan especialmente en una materia o habilidad. Tienen talentos específicos, como talento verbal, matemáticas, social, artística, musical, motriz......
Las personas sobredotados están especialmente dotados para todas las habilidades, no sólo las cognitivas. Es un término que engloba las anteriores normalmente una persona superdotada es a la vez precoz y con talento.
Lo que define a un individuo sobredotado es la posesión de tres conjuntos básicos de características estrechamente relacionadas:
- Capacidad intelectual superior a la media. Alta inteligencia convergente, competencia para hallar la mejor solución entre el conjunto de posibles soluciones a un problema o situación.
- Altos niveles de creatividad. Alta inteligencia divergente, o capacidad de encontrar el mayor número de soluciones posibles para afrontar un problema o solución.
- Alto grado de dedicación a la tarea.Persisten en el logro de las metas.
Las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para que estos alumnos sean identificados y evaluados lo más tempranamente posible. Además, dichas Administraciones también adoptarán medidas adecuadas para escolarizara estos alumnos en centros, que por sus condiciones, puedan atender adecuadamente a sus necesidades.
· El Gobierno, previa consulta de las Comunidades Autónomas, establecerá las normas para flexibilizar la duración de los diferentes niveles y etapas del sistema educativo para estos alumnos.
· También el Gobierno fijará los criterios para la creación de programas de identificación del aprendizaje dirigido a este alumnado.
· La Administración educativa promoverá la realización de cursos que permitan la formación específica a profesores que atiendan a estos alumnos.
· Además las mismas Administraciones se encargarán de que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado que les ayude en la educación de sus hijos, (art.42).